El precio de la Inspección Técnica de Edificios - ITE en ciudades como Bilbao, Vitoria o Donostia dependerá sobre todo del tamaño del inmueble. La ley obliga a revisar el 60% de las ‘plantas tipo’ (las de las viviendas), pero lo recomendable es revisar el 100% para detectar a tiempo irregularidades en el edificio y poner solución antes de que los problemas vayan a más.
Si en su comunidad o edificio se está valorando la posibilidad de acometer cualquier tipo de intervención / obra y no sabe qué hacer o desconoce los pasos a seguir, consulte esta información.
El artículo 83 de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda determina que es una infracción muy grave no acometer las medidas y actuaciones de reparación o rehabilitación derivadas de los informes de inspección técnica de los edificios, en los plazos que se señalen en los citados informes, cuando estas tengan carácter de inmediato (GRADO DE INTERVENCIÓN I “subsanación en 24 horas”) o muy urgente (GRADO DE INTERVENCIÓN II “subsanación entre 24 horas y 3 meses”).
Como todos sabemos, según DECRETO 117/2018, de 24 de julio, por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco, los edificios obligados a realizar la ITE son aquellos de uso predominantemente residencial (viviendas, hoteles,…) que tengan una edad superior a 50 años a contar desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o de la rehabilitación integral del edificio.